El 20 de enero de 2020 el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación publicó la Resolución Nº 30/2020 (la “Resolución 30”), que modificó el régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento creado por la Ley Nº 27.506 (la “Ley de Promoción de la Economía del Conocimiento”).

La Ley de Promoción de la Economía del Conocimiento -sancionada en 2019- tiene una vigencia de diez años a contarse desde el 1º de enero de 2020, y sustituyó el régimen de Promoción de la Industria del Software, cuya vigencia finalizó el 31 de diciembre de 2019.

La Resolución 30 designó a la Secretaría de Industria, Economía del Conocimiento y Gestión Comercial Externa -dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo- como autoridad de aplicación de la Ley de Promoción de la Economía del Conocimiento en reemplazo de la Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa designada originalmente.

Adicionalmente, la Resolución 30 suspendió los plazos vigentes para analizar y procesar las solicitudes de adhesión al Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento, en virtud del cual los beneficiarios del régimen de Promoción de la Industria del Software podían ser inscriptos provisoriamente en el Registro de Economía del Conocimiento, hasta tanto cumplieran los requisitos establecidos por la nueva normativa, con un plazo límite para hacerlo hasta el 30 de junio de 2020.

La fecha de la nueva reglamentación, así como su contenido, resta por ser aún definida.

Para mayor información no dude en contactarse con Gastón A. Miani, Juan Pablo Bove, Federico Otero, Julián Razumny, Agustín Griffi o Pablo Tarantino.